Expresidente de la República y exdiputados reafirman efectividad y alcances de ley anticorrupción

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Diputados a la Asamblea Legislativa del periodo 2002-2006 y el expresidente de la República, Abel Pacheco de la Espriella, responsables de aprobar y sancionar la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley 8422), reafirman la claridad, la efectividad y los alcances de la norma vigente.

Por medio de un pronunciamiento, solicitado por el diputado y expresidente legislativo, Juan Carlos Mendoza García, el exmandatario y los exlegisladores del periodo constitucional 2002-2006 califican la ley 8422 como una de las principales contribuciones de la Asamblea Legislativa al ejercicio de la ética en la función pública.

La ley, afirman los exdiputados y el expresidente, es clara y precisa. La autoridad competente para conocer las faltas señaladas por los órganos de control, como la Procuraduría de la Ética Pública (PEP), y aplicar las sanciones correspondientes, recae sobre la Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda.

Sin embargo, la Presidencia de la República calificó la norma de "confusa, omisa e inaplicable" para descalificar el pronunciamiento de la PEP sobre las violaciones a principios éticos cometidas por el vicepresidente de la República, Luis Liberman Ginsburg, y el ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.

"El pronunciamiento del expresidente y los exdiputados, deja claro que es la presidenta Chinchilla Miranda quien, sin mayor dilación, debe aplicar las sanciones que ella misma conoce, pues, siendo Diputada de la República, contribuyó a enmendar y votó favorablemente la legislación que hoy dice ser confusa, omisa e inaplicable", señaló el diputado Mendoza García.

La ley 8422 y la Ley de Contratación Administrativa (ley 7494), prohíben y califican la emisión de cartas de recomendación como "tráfico de influencias" y una "falta grave al servicio público", cuya sanción es la destitución del cargo. Así lo establece el artículo 95 de la ley 7494, reformado en 2004 por la ley 8422.

Las cartas de recomendación emitidas por Liberman y Garnier a favor de la firma PROCESOS, se utilizaron para justificar la contratación millonaria de la empresa por parte de la Refinadora Costarricense de Petróleo. La participación directa e indebida de los funcionarios violenta el artículo 24 de la ley 7494.

La norma se complementa con la Resolución Nº D-2-2004-CO de la Contraloría General de la República que establece que "los jerarcas, titulares subordinados y demás funcionarios públicos no deberán aceptar o emitir cartas de recomendación, haciendo uso de su cargo, en beneficio de personas o grupos específicos, para procurar nombramientos, ascensos u otros beneficios".

El diputado Mendoza García destacó el trabajo de los exdiputados durante el cuatrienio 2002-2006, quienes dotaron al país de un marco legal que contribuye a sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública.

Audio completo de la conferencia de prensa https://docs.google.com/open?id=0Bw4XoOGp881nR3I4ZzZnd2FJSEk

 

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